Criterios para escoger los términos que constituirán el
LGM
- Extranjerismos,
principalmente los anglicismos.
Se considerarán:
(1)
neologismos
(2)
los términos que hayan cambiado su significado original
(3)
aquellos en los que haya más de dos palabras para describir el
mismo concepto
(4)
los que tenga varios significados
(5)
palabras compuestas que definen un concepto
(6)
extranjerismos que han sido adquiridos como tales en al menos
tres idiomas
Criterios para decidir el término en español que se
prefiere:
- Se
utilizará preferentemente la palabra cuyas raíces etimológicas coincidan con el significado, que siga
las normas ortográficas y se tomará en cuenta el aspecto fonético.
- Es
necesario que la comunidad geológica nacional conozca el término, de tal
manera que de varias posibles traducciones se podrá elegir la más
conocida.
- Si
existen dos términos que aparezcan en el DRAE se privilegiará aquel cuya
raíz se acerque al significado del término o concepto.
- Se
utilizará el extranjerismo cuyo nombre original se haya utilizado en al
menos tres idiomas.
- Si
existe un término en español con el mismo significado, es innecesario
crear otro o calcarlo de otra lengua.
- Se
utilizará el menor número de palabras posible.
- Se
evitarán términos que tengan connotación genética y se privilegiarán los
descriptivos.